jueves, 8 de enero de 2015

CURSO ALÉRGENOS EN HOSTELERÍA

MINI LOGO PARA WEBS.jpgCurso de Alérgenos en Restauración y Hostelería

Curso para adaptar tu establecimiento al Reglamento 1169/2011. 
Para Restauración, Hostelería y Comercios de Alimentación.


+ INFORMACIÓN

Solicita información sin compromiso en:  Curso Alérgenos


Según el Reglamento Europeo 1169/2011, a partir del 13 de Diciembre de 2014, todas las empresas del Sector Alimentario deberán implantar, de manera obligatoria, una serie de medidas dirigidas a eliminar o minimizar cualquier Riesgo Alimentario en la Salud de los Consumidores: Formación del Personal empleado, Control de Alérgenos e Información al Consumidor. 

Mediante este curso,  podrás adquirir los conocimientos necesarios para adaptar tu empresa a la nueva normativa europea, de manera práctica y sencilla.

Para cumplir la normativa y realizar la formación recomendada, inscríbete ahora y comienza hoy mismo el Curso de Alérgenos e Información Alimentaria.


¿A qué sectores les afecta esta normativa sobre Alérgenos e Información Alimentaria?
El Reglamento Europeo 1169/2011 afecta a todas las empresas del Sector Alimentario. Como principal novedad, se establece que todas empresas que sirvan alimentos no envasados o a granel deberán proporcionar obligatoriamente información sobre aquellos productos que contengan Alérgenos. Es por esta razón que hayamos elaborado este Curso, dirigido al Sector de la Alimentación, en particular para todos las personas empleadas en actividades relacionadas con la Restauración, la Hostelería, Comercio Minorista, Venta Online de Alimentos y Colectividades.

¿Qué aprenderemos mediante este Curso?
Nuestro Curso te capacitará para conocer los tipos de alérgenos alimentarios más comunes, realizar un adecuado Control de las sustancias y productos susceptibles de causar Alergias e Intolerancias Alimentarias, saber cómo actuar en caso de producirse una reacción alérgica en tu Establecimiento y aprender sobre qué y cómo se ha de informar a los Consumidores.

¿Quién debe formarse dentro de mi Empresa?
Deberán formarse todas las personas implicadas en el proceso de manipulación de alimentos (personal de producción, cocina, envasado y de atención al cliente, como camareros, comerciantes, vendedores de productos alimenticios, etc. 

¿La omisión de la norma tiene algún tipo de sanción?
El incumplimiento del Reglamento Europeo 1169/2011 a partir del 14 de Diciembre de 2014 puede suponer sanciones desde 5.001 € hasta 600.000 €.

Reglamento 1169/2011 del Parlamento Europeo sobre la información alimentaria facilitada al consumidor


Con el Reglamento 1169/2011 que entra en vigor el 13 de diciembre de 2014, los establecimientos hosteleros deben declarar todos los ingredientes contenidos en los productos que ofrecen, con lo que deben comenzar a adaptarse a esta normativa, formando a su personal  y estudiando las posibilidades de ofertar con seguridad menús sin alérgenos.
En definitiva, las empresas de restauración y colectividades tendrán que diseñar un plan de control de la gestión de alérgenos, para no poner en riesgo, no sólo la salud de los consumidores, sino la marca y la propia empresa, y el personal deberá estar debidamente formado para garantizar una correcta información al cliente.
El sector de restauración de nuestro país se verá obligado, antes de que finalice este año 2014, a informar a sus clientes de las sustancias alérgenas que puedan contener sus platos.
El presente Reglamento se aplicará a los operadores de empresas alimentarias en todas las fases de la cadena alimentaria, en caso de que sus actividades conciernan a la información alimentaria facilitada al consumidor. Se aplicará a todos los alimentos destinados al consumidor final, incluidos los entregados por las colectividades y los destinados al suministro de las colectividades. Se entiende por colectividades cualquier establecimiento (incluidos un vehículo o un puesto fijo o móvil), como restaurantes, comedores, centros de enseñanza, hospitales y empresas de suministro de comidas preparadas, en los que, como actividad empresarial, se preparan alimentos listos para el consumo por el consumidor final.
Las indicaciones relativas a las sustancias o productos que causan alergias e intolerancias son obligatorias cuando se utilizan en la fabricación de un alimento no envasado. Tal información debe estar disponible y ser fácilmente accesible, de forma que el consumidor esté informado de que el alimento no envasado plantea cuestiones relativas a las sustancias o productos que causan alergias e intolerancias. No es posible limitar la información sobre las sustancias o los productos que causan alergias o intolerancia a los casos en que la pidan los consumidores.
Será obligatorio que el consumidor tenga acceso a la información sobre los ingredientes de obligada declaración en TODOS los alimentos, envasados o no, incluidos los puestos a su disposición en bares y restaurantes, comedores escolares u hospitales, y los vendidos a granel.
Leche y lácteosEl incumplimiento del Reglamento Europeo 1169/2011 a partir del 14 de Diciembre de 2014 puede suponer sanciones desde 5.001 € hasta 600.000 €.
Según el reglamento, la presencia no declarada de un alérgeno en un alimento se considera un peligro comparable con la presencia de una salmonella. Como consecuencia, y según la ley vigente, de una mala praxis en este sentido se pueden derivar graves responsabilidades.

Alérgenos
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