Curso de Alérgenos en Restauración y Hostelería
Curso para adaptar tu
establecimiento al Reglamento 1169/2011.
Para Restauración, Hostelería y
Comercios de Alimentación.
+ INFORMACIÓN
Solicita información sin compromiso en: Curso Alérgenos
Según el Reglamento
Europeo 1169/2011, a partir del 13
de Diciembre de 2014, todas las empresas del Sector Alimentario deberán implantar, de
manera obligatoria, una serie de medidas dirigidas a eliminar o minimizar
cualquier Riesgo Alimentario en la Salud de los Consumidores: Formación del
Personal empleado, Control de Alérgenos e Información al Consumidor.
Mediante este curso, podrás adquirir los conocimientos necesarios para adaptar tu empresa a la nueva normativa europea, de manera práctica y sencilla.
Mediante este curso, podrás adquirir los conocimientos necesarios para adaptar tu empresa a la nueva normativa europea, de manera práctica y sencilla.
Para cumplir la
normativa y realizar la formación recomendada, inscríbete ahora y comienza hoy
mismo el Curso de Alérgenos e Información Alimentaria.
¿A qué sectores les afecta esta
normativa sobre Alérgenos e Información Alimentaria?
El Reglamento Europeo 1169/2011 afecta a todas las empresas del Sector
Alimentario. Como principal novedad, se establece
que todas empresas que sirvan alimentos no
envasados o a granel
deberán proporcionar obligatoriamente información sobre aquellos productos que
contengan Alérgenos. Es por esta razón que hayamos elaborado este Curso,
dirigido al Sector de la Alimentación, en particular para todos las personas
empleadas en actividades relacionadas con la Restauración, la Hostelería, Comercio Minorista, Venta Online de Alimentos y Colectividades.
¿Qué aprenderemos mediante este
Curso?
Nuestro Curso te capacitará para conocer los tipos de alérgenos
alimentarios más comunes, realizar un adecuado Control de las sustancias y
productos susceptibles de causar Alergias e Intolerancias Alimentarias, saber
cómo actuar en caso de producirse una reacción alérgica en tu Establecimiento y
aprender sobre qué y cómo se ha de informar a los Consumidores.
¿Quién debe formarse dentro de mi
Empresa?
Deberán formarse
todas las personas implicadas en el proceso de manipulación de alimentos
(personal de producción, cocina, envasado y de atención al cliente, como
camareros, comerciantes, vendedores de productos alimenticios, etc.
¿La omisión de la norma tiene algún
tipo de sanción?
El incumplimiento del Reglamento Europeo 1169/2011 a
partir del 14 de
Diciembre de 2014 puede suponer sanciones desde 5.001 € hasta 600.000 €.
Reglamento 1169/2011
del Parlamento Europeo sobre la información alimentaria facilitada al
consumidor
Con el Reglamento
1169/2011 que entra en
vigor el 13 de diciembre de 2014, los establecimientos hosteleros deben declarar todos los
ingredientes contenidos en los productos que ofrecen, con lo que deben comenzar
a adaptarse a esta normativa, formando a su personal y estudiando
las posibilidades de ofertar con seguridad menús sin alérgenos.
En definitiva, las empresas de restauración y colectividades
tendrán que diseñar un plan
de control de la gestión de alérgenos, para no poner en riesgo,
no sólo la salud de los consumidores, sino la marca y la propia empresa, y el personal deberá estar debidamente
formado para garantizar una correcta información al cliente.
El sector de restauración de nuestro país se verá obligado, antes
de que finalice este año 2014, a informar
a sus clientes de las sustancias alérgenas que puedan
contener sus platos.
El presente Reglamento se aplicará a los operadores de empresas
alimentarias en todas las fases de la cadena alimentaria, en caso de que sus
actividades conciernan a la información alimentaria facilitada al consumidor.
Se aplicará a todos los alimentos destinados al consumidor final, incluidos los
entregados por las colectividades y los destinados al suministro de las
colectividades. Se entiende por colectividades cualquier establecimiento
(incluidos un vehículo o un puesto fijo o móvil), como restaurantes, comedores,
centros de enseñanza, hospitales y empresas de suministro de comidas
preparadas, en los que, como actividad empresarial, se preparan alimentos
listos para el consumo por el consumidor final.
Las indicaciones relativas a las sustancias o productos que causan
alergias e intolerancias son obligatorias cuando se utilizan en la fabricación
de un alimento no envasado. Tal información debe estar disponible y ser
fácilmente accesible, de forma que el consumidor esté informado de que el
alimento no envasado plantea cuestiones relativas a las sustancias o productos
que causan alergias e intolerancias. No es posible limitar la información sobre
las sustancias o los productos que causan alergias o intolerancia a los casos
en que la pidan los consumidores.
Será obligatorio que el
consumidor tenga acceso a la información sobre los ingredientes de obligada
declaración en TODOS los alimentos, envasados o no, incluidos los puestos a su
disposición en bares y restaurantes, comedores escolares u hospitales, y los
vendidos a granel.
El
incumplimiento del Reglamento
Europeo 1169/2011 a partir del 14 de Diciembre de 2014 puede suponer
sanciones desde 5.001 € hasta 600.000 €.
Según el reglamento, la
presencia no declarada de un alérgeno en un alimento se considera un peligro comparable con la
presencia de una salmonella. Como consecuencia, y según la ley vigente, de una
mala praxis en este sentido se pueden derivar
graves responsabilidades.Alérgenos
Alérgenos
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