domingo, 11 de enero de 2015


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Según el reglamento comunitario 1169/2011, cualquier establecimiento -ya sea fijo o móvil-, como restaurantes, comedores, centros de enseñanza, hospitales y empresas de suministro de comidas preparadas, tienen la obligación de informar a sus clientes de todos los alérgenos que puedan aparecer en sus menús. La Unión Europea, para esto, ha catalogado catorce tipos de alimentos causantes de alergias o intolerancias, desde cereales con gluten hasta productos a base de huevo, pescado, soja o lácteos, entre otros.
Hasta ahora era el cliente era el que preguntaba antes de pedir un plato o consumir algún tipo de bebida alcohólica si contenía uno u otro alimento; ahora es el hostelero el que tendrá que hacerlo de forma escrita, oral o a través de soportes electrónicos, pero, en cualquier caso, en una zona totalmente visible para el usuario. El objetivo de todo esto, según dicha norma, es «garantizar el derecho de los consumidores a la información alimentaria [...] Así como ofrecer a éstos una base para elegir con conocimiento de causa los alimentos que consumen y evitar cualquier práctica que puedainducir a engaño al consumidor».
Aunque esta reglamentación fue aprobada hace dos años, ha cogido desprevenidos a los hosteleros, tanto que muchos incluso desconocían la existencia de esta norma. «Hay locales que ya informaban sobre losproductos que podían producir alergias, incluso algunos tienen elaboradas cartas específicas para personas celíacas o intolerantes a la lactosa», asegura Camarero, «sin embargo, el periodo de adaptación será inevitable para la mayoría».
Responsabilidad penal
No obstante, ¿qué ocurre si se incumple esta normativa? La Ley 17/2011 de seguridad alimentaria y nutrición contempla infracciones por distintos tipos de faltas que según su graduación, leve, grave o muy grave, pueden acarrear multas desde 5.000 hasta los 600.000 euros, respectivamente. Y es que, según el reglamento, la presencia no declarada de un alérgeno en un alimento se considera un peligro comparable a un contagio por salmonelosis -o cualquier otra - y, como consecuencia y según la ley vigente, una mala praxis, que puede derivar en responsabilidades penales.
intoxicación grave o muy grave

Alérgenos
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